El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó, durante la 10ª Sesión Ordinaria del año 2026 realizada el 21 de mayo, la ratificación del Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Técnica suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Organismo de Control Municipal (OCM), orientado a la evaluación de sistemas de tratamiento de efluentes cloacales in situ.
Mediante la ordenanza aprobada, el Concejo Deliberante ratificó el convenio protocolizado a través del Decreto D.E.M. N° 777/2026, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 45, inciso 30 de la Carta Orgánica Municipal, que faculta al cuerpo a ratificar o rechazar convenios celebrados por el Intendente.
Funciones del OCM bajo el convenio
En el marco del acuerdo, el Organismo de Control Municipal asumirá las siguientes responsabilidades: evaluación técnica de sistemas de tratamiento in situ construidos o proyectados; emisión de dictámenes técnicos fundados de carácter no vinculante; elaboración de protocolos técnicos y criterios uniformes para la evaluación de los sistemas; y propuesta de mejoras procedimentales y normativas.
Los dictámenes del OCM tendrán carácter previo obligatorio. Una vez emitidos, operará la preclusión administrativa por parte del organismo.
Casos excluidos del convenio
El acuerdo no aplicará en obras tramitadas bajo la figura de Visado Express, obras bajo la figura de Blanqueo (Ordenanza N° 14687/24), ni obras ubicadas en loteos que ya dispongan de Resolución Conjunta de Factibilidad Ambiental con especificaciones sobre sistemas de tratamiento in situ.
Comisión dictaminante
El proyecto fue analizado y presentado por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, presidida por el concejal Pablo Padilla (MPN) y con el concejal Carlos Menéndez (Unión por la Patria) como secretario. La ordenanza instruye al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar conocimiento de lo resuelto.










